Recordamos a las y los compañeros que deban prestar servicio en Navidad y Año Nuevo que de acuerdo con la legislación vigente (Convenios Colectivos de Prensa Televisada y de Prensa Escrita y Oral) esos días deben ser abonados al doble de su valor habitual y generan el franco compensatorio correspondiente.
Recordamos a las y los compañeros que deban prestar servicio en Navidad y Año Nuevo que de acuerdo con la legislación vigente (Convenios Colectivos de Prensa Televisada yde Prensa Escrita y Oral)esos días deben ser abonados al doble de su valor habitual y generan el franco compensatorio correspondiente. Que algunas empresas pretendan desconocer los derechos laborales, no supone que tenga que ser así.
Reproducimos la publicación de la Comisión Interna de Prensa de Canal 13 y TN:
“Si trabajás el próximo 25 de diciembre y 1 de enero de 2017,
Franco y feriado trabajado se paga al 200% (y se compensa cuando el trabajador lo desee o lo acumula a la licencia anual, art 26, Convenio Prensa Televisada 124/75)
Y si no los trabajás,
El feriado se corre a tu primer día laborable . Por lo tanto, ese día, lo tenés que cobrar al 200% todas las horas trabajadas y disponer de un franco compensatorio. “Cuando el franco hebdomadario coincidiera con feriados de pago obligatorio, el franco o asueto deberán correrse a la siguiente jornada laboral” art 24 CCT 124/75.
Conocé tus derechos
Informale a tu jefe cuáles son,
Exijamos a la empresa que los cumpla.
Por unas Fiestas Justas y Felices
Comisión Interna de Prensa de Canal13 y TN”