La Mesa Nacional de Trabajadores de Prensa repudia los despidos producidos en Radio Nacional, exige su reincorporación y el cumplimiento de la CCT32/75E que rige en el ámbito de Radio Nacional y que otorga estabilidad a sus trabajadores.
La Mesa Nacional de Trabajadores de Prensa repudia los despidos producidos en Radio Nacional, exige su reincorporación y el cumplimiento de la CCT32/75E que rige en el ámbito de Radio Nacional y que otorga estabilidad a sus trabajadores.
Dicho convenio, que nunca denunciado por ninguna de sus partes, está plenamente vigente. Sus artículos 28, 29, 30, 55 y 136 garantizan la estabilidad de todo el personal a partir de los seis meses de prestar tareas en la emisora y establece que sólo podrá ser despedido mediante el sumario correspondiente y garantizando el derecho a la correspondiente defensa.
Recordamos:
“ART. 28. – Estabilidad. Es el derecho del trabajador permanente de conservar el empleo”
·ART. 29. – El personal gozará de la estabilidad que le otorga este Convenio y conservará su empleo en las condiciones que el mismo determina, después de seis (6) meses de servicios efectivos y continuos de su ingreso a la RADIO NACIONAL.
· ART. 30. – La estabilidad …es absoluta y dura mientras el trabajador preste servicios en RADIO NACIONAL.”
ART. 55. – Derechos. El personal goza de los siguientes derechos fundamentales de acuerdo con las normas que reglamentan su ejercicio:A) A la retribución justa.B) A la estabilidad
ART. 163. –No se podrá imponer medidas disciplinarias al trabajador sin su previa información o descargo –lo que se requerirá inmediatamente de comprobada la falta-, a efectos de que exponga por sí, cómo se produjeron los hechos y las causas que lo motivaron, a fin del mayor aporte de antecedentes para considerar el caso. El trabajador dispondrá CINCO (5) dias hábiles para contestar ese requerimiento, plazo dentro del cual deberá aportar todas las pruebas documentales de que intente valerse, ofreciendo además, las testimoniales u otros medios de prueba. Las decisiones que adopten los funcionarios competentes deberán ser expresadas, fundamentadas y encuadradas normativamente.”
En el contexto de estas normas plenamente vigentes, la MESA NACIONAL DE TRABAJADORES DE PRENSA repudia todo tipo de persecución personal sindical, política o ideológica y reclama que mientras no se derogue o modifique en el marco de las negociaciones paritarias la Convención, se aplique a todo su personal.
En caso de que un trabajador fuera promovido al cargo de director de la emisora donde revista y cuyo concurso hubiera sido objetado y se demostrara su invalidez, el compañero destituido debería regresar a la función que tenía antes de ser ascendido.
Recordamos que, cuando asumió, la nueva gestión en RTA S.E. se comprometió a que no existiría ningún despido y garantizaba la pluralidad de voces que debe sostener un medio público.
La MESA NACIONAL considera que la discriminación de trabajadores respecto del marco normativo que los debe regir (CCT32/75E) es un grave antecedente para todos los empleados de Radio Nacional ya que pone en riesgo la estabilidad de todos los trabajadores, en la que podría ser la antesala de despidos masivos a cumplirse en un próximo ajuste.
El despido de un operador de planta permanente en Mendoza y de otros 21 empleados de la emisora pasando por encima de esta normativa pretende disimularse con un discurso político de supuesto combate a las “capas geológicas”.
Por lo tanto exigimos la inmediata reincorporación de todos los despedidos repudiando todo tipo de persecución personal, sindical, política o ideológica. Y reclamamos el cumplimiento del Convenio Colectivo 32/75 E y el respeto a la estabilidad que este fija para todo su personal.
Mesa Nacional de Trabajadores de Prensa
Abril de 2017